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Toxicologia

Definición de toxicología:

  • ​Es la ciencia que estudia los efectos nocivos producidos por los agentes físicos y químicos sobre los seres vivos y el medio ambiente. Estudia los mecanismos de producción de tales efectos, los medios para contrarrestarlos, los procedimientos para detectar, identificar, cuantificar dichos agentes y valorar su grado de toxicidad.

Ante los varios ataques ofídicos que se han presentado en el departamento de Santander, es necesario conocer e identificar que tipo de serpientes son las mas venenosas que habitan en nuestras zonas salvajes como también alrededor de asentamientos poblacionales y ciudades.

Lo anterior exige a que el personal médico, de enfermería y, en general, el equipo de trabajo de estos servicios, estén adecuadamente capacitados y entrenados para su manejo. El abordaje de este tipo de pacientes requiere especial cuidado para llegar a un diagnóstico y tratamiento adecuados que garanticen el éxito de la intervención médica y paramédica, con el más alto sentido de respeto y responsabilidad durante el manejo de atención.

​Es importante recalcar que aun si no aparenta estar agudamente enfermo, todo paciente intoxicado debe ser tratado como si tuviera una intoxicación que pudiera comprometer su vida. Muchos de estos pacientes tienen intenciones suicidas, a su vez cada caso puede estar relacionado con hechos traumáticos y/o delictivos y generar implicaciones de carácter médico legal.​

Esto obliga a la elaboración de una cuidadosa historia clínica, al estricto cumplimiento de cadena de custodia de las evidencias y muestras biológicas y al uso adecuado del laboratorio de toxicología. Es nuestro deber, por lo tanto, estar preparados para el manejo del paciente intoxicado y así brindarle el mejor servicio y garantizar una óptima atención que será, en gran medida, de beneficio para nuestros pacientes.

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Los servicios de urgencias deben estar preparados para recibir pacientes con cuadros clínicos confirmados o con sospecha de intoxicación, eventos traumáticos, intoxicaciones por drogas de abuso y eventos delictivos o suicidas asociados con sustancias tóxicas.

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Para apoyo  institucional el CRUE Departamental, cuenta con medicamentos aportados por el Ministerio de salud y Protección Social, para tratamiento de intoxicaciones diversas, mordedura de ofídicos, picaduras de insectos y aracnidos.

Medicamentos que se entregan para solicitud de los profesionales de la IPS que lo requieran a las normas establecidas.

Línea nacional de toxicología

Linea Gratuita: 018000-916012

Número fijo: +57(1) 2886012 - Atención 24 horas

Enmarcada en la Estrategia de Respuesta a Emergencias Toxicológicas del Nivel Nacional y otras acciones para la prevención y atención de emergencias químicas y toxicológicas que ocurren en el país, la línea de asesoría telefónica brinda información para el manejo de envenenamientos agudos y crónicos que involucren afectación a los seres vivos, proporciona asistencia técnica de asesoría en la prevención de eventos toxicológicos y en lo relacionado con la disponibilidad de recursos técnicos, de diagnóstico y tratamiento, entre otros.

Opera con recursos del Ministerio de Salud y Protección Social y del Consejo Colombiano de Seguridad.  Funciona 24 horas al día, 365 días al año.  El servicio de información y asesoría especializada es suministrado a profesionales médicos, otro personal relacionado con el manejo de estos eventos y la comunidad en general. 

Las acciones comprenden:

  • ​Información sobre las propiedades y riesgos de la sustancia en cuestión.
  • Propiedades fisicoquímicas y toxicológicas.
  • Efectos sobre la salud.
  • Asesoría en el diagnóstico, pronóstico y manejo.
  • Indicaciones para la notificación al Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública (SIVIGILA) de los eventos objeto de vigilancia en el país. 
  • Asesoría en la evaluación, manejo y prevención de los riesgos químicos.

El personal del Centro Regulador de Urgencias, Emergencias y Desastres CRUE de Santander, participando activamente en la capacitación y actualización dictada en las instalaciones del hotel chicamocha de Bucaramanga el día 16 de Marzo de 2017, en la cual se pusieron de presente los últimos avances de los métodos implementados a nivel nacional y latinoamericano en el manejo de los eventos toxicológicos.

El CRUE Santander atendió la convocatoria del ministerio de salud y protección social la cual delego a los doctores: Ana Dorelly Agudelo, Jorge Alonso Marín Cardenas y Miriam Gutierrez de Salazar quienes son las autoridades mas prominentes a nivel nacional en materia toxicologica.

Dicha capacitación posibilita a nuestra región ponerse a tono con la actualidad y los últimos avances en materia toxicologica y poder así permanecer a la vanguardia prestando un optimo servicio, a dicha capacitación asistieron personal de las distintas instituciones prestadoras de salud y centros de formación posibilitando de este modo el desarrollo de un trabajo mancomunado y la implementación de los procedimientos bajo los mismos conceptos, favoreciendo así la pronta y optima recuperación de los pacientes victimas de accidentes toxicológicos.

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CENTRO DE RESERVA

DECRETO 969 DE 1995 (Junio 9)​

"Por el cual se organiza y reglamenta la red nacional de centros de reserva para la atención de emergencias".

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades conferidas por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO:​

Que se hace necesario el fortalecimiento del sistema nacional para la prevención y atención de desastres, previsto por la Ley 46 de 1988 y por el Decreto-Ley 919 de 1989, con la organización y funcionamiento de la red nacional de centros de reserva para la atención de emergencias, cuyo objetivo es el de disponer, con carácter permanente, en cada uno de los departamentos del país, de suministros básicos para las comunidades afectadas, así como de equipos y elementos especializados para apoyar a las entidades operativas en la realización de actividades de control de eventos de origen natural o antrópico, búsqueda, rescate y salvamento, con el fin de atender en forma adecuada y oportuna la primera respuesta frente a situaciones de emergencia que se presenten en el territorio nacional;

Que el artículo 61, numeral 3º, del Decreto-Ley 919 de 1989 atribuye a los comités regionales y locales para la prevención y atención de desastres las funciones de: dirigir y coordinar todas las actividades necesarias para atender una situación de desastre regional o local declarada de acuerdo con las pautas trazadas por la Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres del Ministerio de Gobierno, ejecutar los planes de contingencia y orientación para la atención inmediata de desastres que hayan sido aprobados por el comité nacional para la prevención y atención de desastres, bajo la coordinación y con el apoyo de la Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, y entre otras, atender las situaciones de desastre regional o local;

Que el Decreto 1547 de 1984 creó el Fondo Nacional de Calamidades como una cuenta especial de la Nación con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística con fines de interés público y asistencia social y dedicado a la atención de las necesidades que se originen en situaciones de desastre o de calamidad o de naturaleza similar;

Que el artículo 3º del Decreto 1547 de 1984, modificado por el artículo 70 del Decreto-Ley 919 de 1989, consagró que los bienes y derechos de la Nación integrantes del Fondo Nacional de Calamidades, serán manejados y administrados por la fiduciaria La Previsora S.A.;

Que la alta vulnerabilidad del país frente a amenazas de origen natural y antrópico amerita el desarrollo de preparativos para la atención de emergencias.